GESTION DE PERSONAL:La buena gestión de empleados se traduce en un personal que trabaja duro, disfruta de sus puestos de trabajo y se mantiene motivado.
SELECCION DE PERSONAL:selección. Esta fase implica una serie de pasos que añaden complejidad a la decisión de contratar y consumen cierto tiempo. Estos factores pueden resultar irritantes, tanto para los candidatos, que desean iniciar de inmediato, como para los gerentes de los departamentos con vacantes.
El proceso de selección consiste en una serie de pasos específicos que se emplean para decidir qué solicitantes deben ser contratados. El proceso se inicia en el momento en que una persona solicita un empleo y termina cuando se produce la decisión de contratar a uno de los solicitantes.
CONTRATOS LABORALES , PLANILLAS,SEGUROSSOCIAL,CTS,SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES:
Los trabajadores con vínculo laboral de carácter permanente, tienen derecho a:
Ser asegurados en el Seguro Social de Salud (ESSALUD). El empleador debe aportar el equivalente al 9% de la remuneración del trabajador para ESSALUD.
Ser afiliados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o al Sistema Privado de Pensiones (SPP). El trabajador aporta el 13% de su remuneración si se encuentra afiliado al SNP, en caso contrario deberá aportar aproximadamente el 10% a la Administradora Privada de Fondos de Pensiones (AFP) a la que se haya afiliado.
Seguro de vida a cargo de su empleador una vez cumplidos 4 años de trabajo al servicio del mismo.
Indemnización por despido arbitrario, a razón de una remuneración y media por cada año trabajado hasta un máximo de 12 remuneraciones.
Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), en calidad de beneficio social como previsión de las contingencias que origina el cese en el trabajo. El depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) se realiza en los meses de mayo y noviembre.
Período vacacional de 30 días por cada año completo de servicios.
Dos (2) gratificaciones legales, en Julio y Diciembre de cada año, equivalentes a una remuneración mensual en cada oportunidad.
Participación en las utilidades de las empresas, en un porcentaje que varía entre el cinco por 5% y el 10% de la renta neta de las empresas, en función del tipo de actividad económica que realizan. Las empresas con menos de 20 trabajadores no están obligadas a distribuir utilidades entre sus trabajadores.
La Remuneración Mínima Vital es actualmente de S/. 550,00 (Quinientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) equivalente aproximadamente a US$ 166.67 (Ciento Sesenta y Seis con 67/100 Dólares de Estados Unidos de América).Las bases mínimas sobre las cuales se aplican los porcentajes anteriormente expresados no pueden ser inferiores a la remuneración mínima vital vigente.
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